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BIENVENIDOS !!!!!

Este es un espacio creado en el año 2008, dedicado a las familias con Niños Talentosos y/o Alto Potencial Intelectual.
Intentaremos acompañarnos, apoyarnos, darnos ideas novedosas para sentir que no estamos solos en este camino de ser padres,tan maravilloso y tan trabajoso a la vez.
Acercaremos información que consideremos importante para compartir con todos ustedes, sean padres, maestros o solo personas a las que les interese este tema,gracias por acompañarnos!

lunes, 30 de julio de 2012

LA EDUCACION PROHIBIDA-Poster oficial, estreno 13/08/2012

Difundir es aceptar...

http://www.facebook.com/LAEDUCACIONPROHIBIDA


miércoles, 25 de julio de 2012

viernes, 13 de julio de 2012

Implementación de estrategias acordes a las necesidades diferentes.

Desde un blog amigo    http://www.etelvinayabelardo.blogspot.com.ar/

Transcribo estos textos extraídos de la legislación nacional y de la provincia de Buenos Aires, que pueden ser útiles para aquellos niños, niñas y/o adolescentes a los que el sistema educativo les niegue la implementación de estrategias acordes a sus necesidades diferentes.
·         Convención de los Derechos del Niño y la Ley Nº 23.849, Artículo 29:
1. Los Estados Partes convienen en que la educación del niño deberá estar encaminada a:
a) Desarrollar la personalidad, las aptitudes y la capacidad mental y física del niño hasta el máximo de sus posibilidades.
·         Declaración Universal de los Derechos humanos, Artículo 26:
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

·         Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes:
ARTICULO 15. — DERECHO A LA EDUCACION. Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la educación pública y gratuita, atendiendo a su desarrollo integral, su preparación para el ejercicio de la ciudadanía, su formación para la convivencia democrática y el trabajo, respetando su identidad cultural y lengua de origen, su libertad de creación y el desarrollo máximo de sus competencias individuales; fortaleciendo los valores de solidaridad, respeto por los derechos humanos, tolerancia, identidad cultural y conservación del ambiente.
Las niñas, niños y adolescentes con capacidades especiales tienen todos los derechos y garantías consagrados y reconocidos por esta ley, además de los inherentes a su condición específica.
Los Organismos del Estado, la familia y la sociedad deben asegurarles el pleno desarrollo de su personalidad hasta el máximo de sus potencialidades, así como el goce de una vida plena y digna.
ARTICULO 28. — PRINCIPIO DE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACION. Las disposiciones de esta ley se aplicarán por igual a todos las niñas, niños y adolescentes, sin discriminación alguna fundada en motivos raciales, de sexo, color, edad, idioma, religión, creencias, opinión política, cultura, posición económica, origen social o étnico, capacidades especiales, salud, apariencia física o impedimento físico, de salud, el nacimiento o cualquier otra condición del niño o de sus padres o de sus representantes legales.
ARTICULO 32. — CONFORMACION. El Sistema de Protección Integral de Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes está conformado por todos aquellos organismos, entidades y servicios que diseñan, planifican, coordinan, orientan, ejecutan y supervisan las políticas públicas, de gestión estatal o privadas, en el ámbito nacional, provincial y municipal, destinados a la promoción, prevención, asistencia, protección, resguardo y restablecimiento de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, y establece los medios a través de los cuales se asegura el efectivo goce de los derechos y garantías reconocidos en la Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos del Niño, demás tratados de derechos humanos ratificados por el Estado argentino y el ordenamiento jurídico nacional.
·         Ley Federal de Educación (Ley N° 24.195), Regímenes Especiales, Capítulo VII artículo 33 inciso A:
Las Autoridades Educativas Oficiales:
Organizarán o facilitarán la organización de programas a desarrollarse en los Establecimientos Comunes para la detección temprana, la ampliación de la formación y el seguimiento de los alumnos/as con capacidades o talentos especiales.” (Ley federal de Educación, abril 1993).
Ley N° 26.206 de Educación Nacional, Capítulo II:
DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
ARTÍCULO 93.- Las autoridades educativas jurisdiccionales organizarán facilitarán el diseño de programas para la identificación, evaluación temprana, seguimiento y orientación de los/as alumnos/as con capacidades o talentos especiales y la flexibilización o ampliación del proceso de escolarización.
·         Ley 13.668 de Educación Provincial (Provincia de Buenos Aires), Título I Disposiciones Generales, Capítulo I Principios, Derechos Y Garantías:
Artículo 3°.
La educación es una prioridad provincial y constituye una política de Estado para construir una sociedad justa, reafirmar la soberanía e identidad nacional, profundizar el ejercicio de la ciudadanía democrática y republicana, respetar los derechos humanos y las libertades fundamentales y fortalecer el desarrollo económico-social sustentable de la Provincia en la Nación.
Artículo 4°.
La educación debe brindar las oportunidades para el desarrollo y fortalecimiento de la formación integral de las personas a lo largo de toda la vida y la promoción de la capacidad de cada alumno de definir su proyecto de vida, basado en los valores de libertad, paz, solidaridad, igualdad, respeto a la diversidad natural y cultural, justicia, responsabilidad y bien común.
Artículo 5°.
La Provincia, a través de la Dirección General de Cultura y Educación, tiene la responsabilidad principal e indelegable de proveer, garantizar y supervisar una educación integral, inclusiva, permanente y de calidad para todos sus habitantes, garantizando la igualdad, gratuidad y la justicia social en el ejercicio de este derecho, con la participación del conjunto de la comunidad educativa.
·         Documento del Ministerio de Cultura y Educación, Consejo Federal de Cultura y Educación: DOCUMENTOS PARA LA CONCERTACION Serie A, N° 19 ACUERDO MARCO PARA LA EDUCACION ESPECIAL Diciembre, 1998:
La educación especial tiene las siguientes funciones:
Proveer a los alumnos con necesidades educativas especiales de las prestaciones necesarias para hacerles posible el acceso al currículum, contribuyendo a que logren el máximo de su desarrollo personal y social; desde que estas necesidades son detectadas, y en tanto la persona realice alguna actividad educativa o de capacitación, en cualquier momento de su vida.
• Implementar estrategias para la detección y atención temprana de niños con alteraciones del desarrollo o dificultades del aprendizaje, con el fin de intervenir lo antes posible, evitando su agravamiento.
• Promover y sostener estrategias de integración y participación de las personas con necesidades educativas especiales en los ámbitos educativo, social y laboral.
Extender estos recursos y apoyos a todos los sectores de la comunidad educativa, a fin de mejorar la calidad de la oferta pedagógica, potenciando la inclusividad de las instituciones, o sea su capacidad para educar adecuadamente a sus alumnos, independientemente de sus condiciones personales o de otro tipo.
Propiciar la participación activa de los padres, quienes estarán involucrados y compartirán el compromiso por las acciones previstas en el proyecto educativo de sus hijos.
I. Cláusulas especiales
Alumnos con capacidades o talentos especiales.
Las disposiciones del presente Acuerdo Marco se extienden a los alumnos con capacidades o talentos especiales - art.33, inc. a) de la Ley Federal de Educación -.
·         Marco General de Política Curricular, Niveles y Modalidades del Sistema Educativo, de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, del 11 de Octubre de 2007 (Resolución N° 3655/07):
Crear Futuros
La educación siempre introduce una dimensión de futuro. Si bien supone una intervención destinada a generar algunas condiciones para que los sujetos puedan vivir plenamente su presente, no resigna el compromiso de educar, entendido como una apuesta al futuro. Al intervenir de determinada manera, al diseñar un currículum, se imaginan y se sueñan sujetos que puedan insertarse en los mundos “por venir” y que también sean capaces de construirlos y transformarlos.
[…]
Pero, ¿Qué cuestiones implica esta perspectiva? En principio, asumir que el futuro no está determinado de forma absoluta, sino que se construye, se inventa. Si se considera que el presente se explica por las decisiones que se tomaron en el pasado, entonces, lo que suceda en el futuro, depende de las decisiones que hoy estamos tomando. No existe un futuro –único y predeterminado-, sino un abanico de posibilidades. Estos “futuros posibles” se encuentran en germen -como indicios- en el presente, en mayor o menor medida. La concreción de un camino u otro depende entonces de las decisiones y las acciones humanas que clausuran, potencian o desarrollan esas posibilidades. Este enfoque nos permite recuperar la esperanza, pero también el poder y la voluntad: el futuro, como espacio de libertad, depende de las voluntades de los sujetos, quienes –con mayor o menor margen de incidencia y legitimidad- en este proceso se asumen como actores políticos activos. Así, la construcción del futuro se convierte en un campo de lucha en el que se enfrentan proyectos, intereses, ideologías, estrategias.
Desde la DGCyE consideramos que diseñar el futuro significa crear hoy las condiciones para que todos los niños/as, jóvenes y adultos/as de la provincia puedan elegir, entre los muchos futuros posibles, aquel que deseen y generar sus proyectos personales y sociales desde el presente, a partir de vivir en las instituciones educativas condiciones fecundas para su gestación.
[…]
·         Declaración final de la XX Cumbre Iberoamericana, Declaración de Mar del Plata, del año 2010, los jefes de Estado y de Gobierno de los países  participantes acordaron:
3. Promover la universalización de la educación de calidad  como un derecho humano fundamental e inalienable a ser protegido y  garantizado por todos los Estados iberoamericanos para toda la  población sin discriminación. Garantizar la cobertura universal y  gratuita de la educación primaria y secundaria y el principio de  igualdad de oportunidades y obligatoriedad de la educación básica y fortalecer y promover estrategias que permitan acceder a espacios de capacitación y formación continua.
6Profundizar el desarrollo de políticas públicas de  carácter intersectorial con equidad e inclusión que permitan  disminuir las desigualdades educativas en materia de acceso y calidad de la educación en todos sus niveles -incluyendo esfuerzos  de promoción de la educación intercultural bilingüe-, atendiendo al  derecho a la igualdad de género, las diferencias culturales,  minorías étnicas, poblaciones originarias, pueblos indígenas  afro-descendientes, población con necesidades educativas  especiales, personas con discapacidades y la situación de los  grupos sociales que habitan en zonas urbano-marginales y rurales.
7. Incorporar en los sistemas educativos el principio de la  inclusión de tal manera que ninguna persona deje de tener una  oferta educativa pertinente y oportuna a sus necesidades,  expectativas, intereses e identidad, ya sea bajo la modalidad de  educación formal o de educación no formal e informal.

miércoles, 11 de julio de 2012

viernes, 6 de julio de 2012

El juego como método de aprendizaje

Jose María Barroso Tristan (*)
Casi siempre el juego ha sido considerado como una forma de ocio para niños y niñas, quedando relegadas a un segundo plano las características positivas intrínsecas de esta actividad, ya sea en grupo o de forma individual.
En cambio, a lo largo de la historia, grandes pensadores educativos como Comenio, Pestalozzi o Montessori han demostrado las inmensas cualidades del juego en la educación, para el desarrollo integral y armónico de los futuros ciudadanos.

Como en toda estrategia educativa, hay que contextualizar el ambiente socio-cultural, la evolución psicológica y el desarrollo cognitivo de los educandos, sobre los que se trabajará mediante el juego como metodología en el proceso de enseñanza-aprendizaje. Esto es condición sine qua non para aprovechar al máximo la riqueza del juego como método de aprendizaje.
La evolución psicológica del niño o niña respecto al juego suele ser: cuando tiene 1 año comienza a disfrutar de los juegos en solitario. A los 2, imita lo que otros hacen, sin interactuar; a los 3 años, empiezan los juegos asociativos, prestan atención y responden a lo que hacen otros infantes. Hacia los 4 años comienzan a jugar de forma cooperativa, interactuando con otros. A los 7-8 años dan un salto cualitativo, el juego comienza a ser organizado y desde entonces empieza a evolucionar hacia la complejidad de las relaciones entre los participantes, hacia una elevación del pensamiento abstracto en el proceso lúdico y unas habilidades cognitivas más elaboradas.
Los juegos en grupo fomentan la cooperación, comunicación, habilidades sociales y la solidaridad entre los miembros del grupo para alcanzar los objetivos de una forma coordinada, de modo que cada integrante tiene su función.
A la vez, en los juegos que existe un ganador, se promueve la competitividad, lo que exige un trabajo por mejorar y ser capaces de superar los obstáculos que se presentan durante la actividad lúdica.
Así, el juego promueve la comprensión, la reflexión y la puesta en práctica de habilidades, conceptos y actitudes, fomentando además valores como paz y equidad.
 
Además, el juego posee una función muy poderosa: la motivación que provoca en el alumnado debido a su orientación lúdica.
La motivación es uno de los elementos que más quebraderos de cabeza produce al profesorado, esto convierte al juego en un gran recurso para promover el interés en los educandos, facilitando los aprendizajes significativos y la interiorización de valores, normas, habilidades y capacidades.

Conociendo todas las posibilidades pedagógicas del juego y como profesores capacitadores del Proyecto “Mejora de las condiciones de salud básica y calidad educativa de poblaciones rurales fronterizas peruano- ecuatorianas del distrito de Lancones, Piura-Perú” (Proyecto Lancones), financiado por el Gobierno Vasco y la Asociación de Ingeniería para la Cooperación (IC-LI), en coordinación con Plan Binacional, consideramos que el juego nos da posibilidades de aumentar la calidad educativa de la sociedad, amortiguando las carencias técnicas y de recursos con las que conviven las escuelas de las zonas rurales del Perú.
Es en este contexto que los docentes deben poner en práctica todos sus conocimientos y habilidades para crear y moldear actividades, en este caso juegos, que sean funcionales para trabajar con las necesidades educativas de su alumnado.
Los educadores debemos planificar, marcarnos objetivos, así como la ejecución y evaluación de estas actividades para que sean efectivas, aprovechando todas las posibilidades de este recurso educativo.

Pero, el juego no solo es útil dentro del aula sino que puede ser extrapolado a los hogares, donde las familias tienen una gran responsabilidad, junto a los docentes, para continuar con la educación de sus hijas e hijos.
Realizar actividades planificadas junto a ellos con una orientación educativa, nos permitirá ser protagonistas en la educación de nuestros hijos y estrechar las relaciones comunicativas entre el papá, la mamá y los hijos.

El juego es una actividad que gusta a todos y lo realizamos constantemente.
Evitemos convertirlo en procesos triviales, como los videojuegos, y empecemos a enfocarlos hacia el aprendizaje y el crecimiento personal, sobre todo de nuestros jóvenes, en beneficio del Perú.

(*) Voluntario de la Universidad de Sevilla para el Proyecto Lancones que ejecutan: Udep, Adeu y la Municipalidad distrital de Lancones.

 http://www.eltiempo.pe/noviembre2011/edicion-05-11-2011/opini%C3%B3n123.html

Lecturas interesantes

  • http://www.vocesenelsilencio.org.ar/modules.php?name=News&file=article&sid=1754 "PROTECCION INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS"
  • http://www.dsguatemala.edu.gt/bibliokinder/4agresividad.htm
  • http://www.revistanueva.com.ar/numeros/00904/nota/2
  • http://www.nuestrasmanos.org.ar/Sugerencias/Secciones/Educaci%F3n.htm
  • http://www.sentirypensar.com.ar/modules.php?name=News&file=article&sid=133
  • http://www.geocities.com/Athens/Agora/3938/ninos-int.html#INTELIGENCIA
  • http://www.rionegro.com.ar/arch200605/21/v21f02.php
  • http://www.angelfire.com/planet/talentosos/page8.html
  • http://www.educared.org.ar/entrepadres/seccion03/03/index.asp?id=721
  • http://www.revistanueva.com.ar/numeros/00904/nota/2